Nuevas medidas de control fronterizo 15

2021/7/6
(designación de nuevos países y regiones para las medidas de control fronterizo en respuesta a las variantes de alto riesgo del Coronavirus)
28 de junio de 2021
  1. Países o regiones designados para las medidas de control fronterizo en respuesta a las variantes de alto riesgo del Coronavirus.

Tomando en cuenta elementos como la transmisión comunitaria causada por las variantes de alto riesgo del Coronavirus en cada país o región; el número de personas recientemente infectadas con Coronavirus en cada país o región; el reciente promedio de casos positivos en las pruebas de COVID19 realizadas durante las inspecciones de cuarentena en los aeropuertos japoneses, entre otros, y con base en una evaluación comprehensiva de los riesgos de ingreso de las ya mencionadas variantes del Coronavirus de cada país o región, se implementarán las siguientes medidas adicionales de control fronterizo a los países o regiones designados, en respuesta a las variantes de alto riesgo del Coronavirus. Las medidas adicionales se implementarán de manera diferenciada con base en la designación individual de cada país o región.

1) Se solicita a todos los viajeros y nacionales japoneses provenientes de los países o regiones designados dentro del grupo 1 (ver cuadro abajo), y hasta nuevo aviso, realizar una primera cuarentena de 10 días en los alojamientos designados por el jefe de la estación de cuarentena (limitado a los establecimientos garantizados por la estación de cuarentena). Aquellos que obtengan un resultado negativo en todas las pruebas de COVID-19 realizadas en el tercer, sexto y décimo día de su estancia, podrán dejar los alojamientos, pero deberán continuar su cuarentena en un lugar (puede ser su casa) hasta completar un periodo de 14 días desde su ingreso a Japón. Se negará el reingreso a Japón a los residentes extranjeros provenientes de los países o regiones designados hasta nuevo aviso, salvo en circunstancias excepcionales.

2) Se solicita a todos los viajeros y nacionales japoneses provenientes de los países o regiones designados dentro del grupo 2 (ver cuadro abajo), y hasta nuevo aviso, realizar una primera cuarentena de 6 días en los alojamientos designados por el jefe de la estación de cuarentena (limitado a los establecimientos garantizados por la estación de cuarentena). Aquellos que obtengan un resultado negativo en todas las pruebas de COVID-19 realizadas en el tercer, sexto día de su estancia, podrán dejar los alojamientos, pero deberán0 continuar su cuarentena en un lugar hasta completar un periodo de 14 días desde su ingreso a Japón. Se negará el reingreso a Japón a los residentes extranjeros provenientes de los países o regiones designados hasta nuevo aviso, salvo en circunstancias excepcionales.

3) Se solicita a todos los viajeros, residentes extranjeros, nacionales japoneses provenientes de los países o regiones designados dentro del grupo 3 (ver cuadro abajo), y hasta nuevo aviso, realizar una primera cuarentena de 3 días en los alojamientos designados por el jefe de la estación de cuarentena (limitado a los establecimientos garantizados por la estación de cuarentena). Aquellos que obtengan un resultado negativo en la prueba de COVID-19 realizada en el sexto día de su estancia, podrán dejar los alojamientos, pero deberá continuar su cuarentena en un lugar hasta completar un periodo de 14 días desde su ingreso a Japón.

Países o regiones incluidos en el grupo 1 de las Medidas de control fronterizo (15)
 
País o región           Día de designación  Implementación del primer párrafo de las medidas  Implementación del segundo párrafo de las medidas
1) Afganistán
2) India
3) Maldivas
4) Nepal
5) Pakistán
6) Sri Lanka             
28 de junio de 2021                  00:00 del 1 de julio de 2021 (tiempo de Japón) 00:00 del 1 de julio de 2021 (tiempo de Japón)


Países o regiones incluidos en el grupo 2 de las Medidas de control fronterizo (15)


 
País o región   Día de designación  Implementación del primer párrafo de las medidas  Implementación del segundo párrafo de las medidas
1) Bangladesh                 28 de junio de 2021                      00:00 del 1 de julio de 2021 (tiempo de Japón) 00:00 del 1 de julio de 2021 (tiempo de Japón)


Países o regiones incluidos únicamente en el primer párrafo del grupo 2 de las Medidas de control fronterizo (15) 
 
País o región Día de designación Implementación del primer párrafo de las medidas 
1) Egipto
2) Indonesia
3) Inglaterra
4) Malasia
5) Uganda 
28 de junio de 2021 00:00 del 1 de julio de 2021 (tiempo de Japón) 


Países o regiones incluidos en el grupo 3 de las Medidas de control fronterizo (15)

 
País o región Día de designación Implementación del primer párrafo de las medidas 
1) Bélgica
2) Brasil
3) Dinamarca
4) Emiratos Árabes Unidos
5) España
6) Estados Unidos *
7) Estonia
8) Filipinas
9) Francia
10) Grecia
11) Holanda
12) Irlanda
13) Jordania
14) Kazajstán
15) Kirguistán
16) Letonia
17) Nigeria
18) Perú
19) Portugal
20) Rusia **
21) Sudáfrica
22) Suecia
23) Tailandia
24) Túnez
25) Vietnam
28 de junio de 2021 00:00 del 1 de julio de 2021 (tiempo de Japón) 

 
* Estados Unidos: Idaho, Arkansas, Arizona, Oregon, Kansas, Kentucky, Colorado, Delaware, Nevada, Mississipi, Maine, Montana, Louisiana, Washington D.C.

** Rusia: Moscú, San Petersburgo

2. Países o regiones designados en respuesta a la infección de coronavirus, con excepción de aquellos designados por variantes de alto riesgo.

Con respecto a los países o regiones no incluidos dentro del punto 1 arriba, y tomando en cuenta elementos como el número de personas recientemente infectadas con el Coronavirus en cada país o región; el promedio de casos positivos de las pruebas de COVID-19 realizadas durante la inspección de cuarentena en los aeropuertos japoneses, entre otros, y con base en la evaluación comprehensiva de los riesgos de ingreso del Coronavirus desde cada país o región, se solicita hasta nuevo aviso a todos los viajeros, residentes extranjeros y nacionales japoneses provenientes de países o regiones considerados con alto riesgo de esparcimiento del Coronavirus, permanecer 3 días en los alojamientos designados por el jefe de la estación de cuarentena (limitado únicamente a los establecimientos garantizados por la estación de cuarentena) en respuesta a la creciente infección del Coronavirus en el mundo; ello con excepción de los países o regiones designados con variantes de alto peligro. Aquellas personas que obtengan un resultado negativo en la prueba de COVID-19 realizada en el tercer día de su estancia, podrán dejar los alojamientos, pero deberá continuar su cuarentena en un lugar (puede ser su casa) hasta completar un periodo de 14 días desde su ingreso a Japón.

Países o regiones sujetos al punto 2 de las Medidas de control fronterizo (15)
 
País o región Día de designación Implementación del primer párrafo de las medidas 
1) Canadá *
2) Suiza
3) Estados Unidos **
4) Luxemburgo 
28 de junio de 2021 00:00 del 1 de julio de 2021 (tiempo de Japón)


*Canadá: Ontario
**Estados Unidos: Florida, Minnesota

Nota 1 – Las medidas de control fronterizo concernientes a las variantes de alto riesgo del Coronavirus incluyen a las variantes de alto riesgo por razón de su elevado nivel infeccioso comparado con otras variantes o incluyen a aquellas que tiene riesgo de reducir la efectividad de las vacunas actuales. La designación o eliminación de países o regiones será publicada por el Ministerio de Asuntos Exteriores y confirmada por el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar.

Nota 2 – La designación y eliminación de países o regiones sujetas a las medidas anteriores, así como cualquier modificación futura será publicada por el Ministerio de Asuntos Exteriores y confirmada por el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar.

Nota 3 – Las medidas antes mencionadas serán aplicables a las personas que hayan permanecido durante los 14 días previos a su ingreso a Japón o en alguno de los países o regiones designados, o bien, en los 14 días previos a su designación.

Nota 4 – Sobre los países que será designados a partir del 29 de junio de 2021, la estancia en los alojamientos designados por el jefe de la estación de cuarentena comenzará a ser implementada a las 00:00 (tiempo de Japón) 3 días después de la designación, y la prohibición de reingreso para los residentes extranjeros será implementada a partir de las 00:00 (tiempo de Japón) 2 días después de la designación. Respecto a las futuras modificaciones en la designación o la eliminación de la designación, la estancia en los alojamientos designados por el jefe de la estación de cuarentena será implementada a partir de las 00:00 (tiempo de Japón) 3 días después de la publicación; mientras que la prohibición de reingreso a los residentes extranjeros será implementada a partir de las 00:00 (tiempo de Japón) 2 días después de la publicación.

Nota 5 – Con excepción a la designación de Afganistán, Bangladesh, India, Maldivas, Nepal, Pakistán y Sri Lanka del 28 de junio 2021, la prohibición de reingreso de los residentes extranjeros no será aplicable a aquellos que partieron de los países o regiones designados ante de las 00:00 (tiempo de Japón) durante los 2 días posteriores a la designación y arribaron a Japón cuando las medidas ya eran vigentes.

Nota 6 – La prohibición de reingreso de los residentes extranjeros con estatus de “Residente permanente”, “Cónyuge o hijo de nacional japonés”, “Cónyuge o hijo de Residente Permanente”, “Residente de Larga Estancia”, que hayan partido rumbo a Japón con un permiso de Re-entrada válido al día posterior a la designación y pretendan entrar a Japón, serán tratados en principio como personas en circunstancias excepcionales. No obstante, aquellos que hayan partido rumbo a Japón dos días después de la designación no serán sujetos de esta excepción. Los residentes extranjeros con estatus de “Residente Permanente Especial” no están sujetos a esta prohibición de ingreso a Japón.

Es necesario tomar en cuenta que los residentes extranjeros que reingresan a Japón desde India, Nepal, Pakistán con un estatus de “Residente permanente”, “Cónyuge o hijo de nacional japonés”, “Cónyuge o hijo de Residente Permanente”, “Residente de Larga Estancia”, y que hayan partido rumbo a Japón con un permiso de re-entrada válido a más tardar el 13 de mayo de 2021, serán tratados en principio, como personas en circunstancias especiales. Del mismo modo, el reingreso para este tipo de residentes con permiso de re-entrada válido se permitirá desde Bangladesh y las Maldivas, habiendo partido rumbo a Japón a más tardar el 19 de mayo de 2021; también será posible desde Sri Lanka partiendo a más tardar el 20 de mayo de 2021; y también de Afganistán, partiendo a más tardar el 2 de junio de 2021. Todos ellos serán tratados en principio como personas en circunstancias especiales.